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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2017-S1

    Fecha: 15-Feb-2017

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • Fragmento 4
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.11.
    • II.12.
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • Derecho a la congruencia entre acusación y condena, de donde se desprende el derecho a una debida fundamentación y motivación de los fallos judiciales
    • concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el juez o tribunal
    • por otra, respecto a la estructura de la Resolución, a fin de que absuelva todos los puntos a consideración del juzgador.
    • conexitud del objeto del proceso entre la acusación y la sentencia
    • correlación entre la decisión y los términos en que quedo oportunamente planteada la litis
    • III.2.2. Acerca de la adecuada fundamentación y motivación de las resoluciones
    • ii) Lograr convicción de las partes en el proceso sobre aquella decisión judicial que afecte sus derechos
    • la debida fundamentación que consiste en la sustentación de la resolución en una disposición soberana emanada de la voluntad general
    • la fundamentación consiste en la justificación normativa de la decisión judicial, y la motivación es la manifestación de los razonamientos que llevaron a la autoridad a la conclusión
    • en términos generales
    • de hecho
    • REVOCAR en parte
    • 1° CONCEDER en parte,

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