SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2017-S3
Fecha: 17-Feb-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, tras presentarse imputación formal, se dispuso la realización de audiencia de medidas cautelares y procedimiento abreviado para el 27 de febrero de 2015; sin embargo, la autoridad demandada obvió considerar la aplicación de medidas cautelares y pasó a desarrollar directamente la audiencia de procedimiento abreviado, pronunciando sentencia condenatoria de diez años en su contra y de los otros procesados, por lo que se encuentran privados de libertad desde esa fecha producto de la emisión del mandamiento de condena.
Ante ello, interpusieron recurso de apelación restringida, misma que tras ser admitida y remitida ante la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista de 22 de mayo de 2015, fue declarada admisible e improcedente en relación a sus personas, por lo que el 19 de junio de 2015 interpusieron recursos de casación, estando estos pendientes de resolución.
Posteriormente, el 24 de septiembre de 2015, Darío Rivera Cruz -ahora accionante- presentó solicitud de saneamiento procesal por existir defectos absolutos, por lo cual la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia suspendió su competencia a fin de que se resuelva el incidente presentado remitiendo obrados ante la Jueza ahora demandada, quien radicó el proceso el 15 de octubre del citado año, estando el expediente actualmente en su conocimiento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- …se entiende que para ese cometido, la autoridad aplicó el principio de igualdad y favorabilidad
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- APLICACIÓN
- constando la renuncia expresa de las partes -imputados y Ministerio Público- al recurso de apelación, por lo que la autoridad judicial declaró ejecutoriada dicha resolución y la consiguiente remisión de obrados al Juez de Ejecución Penal y al Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP)
- su privación de libertad deviene del cumplimiento de una decisión jurisdiccional subsistente dispuesta contra los ahora accionantes, lo cual hace innecesaria la pretensión de los prenombrados referida a una solicitud de audiencia de medidas cautelares
- sobre un supuesto trato no igualitario por parte de la autoridad judicial demandada con relación al otro coprocesado
- WILLY JACINTO ROSALES, MIGUEL VIRACA ZEPITA, DARIO RIVERA CRUZ y WILFREDO QUISPE GARCILAZO
- aduciendo un supuesto “…cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal…”
- 1º REVOCAR
- 2º Disponer