SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2017-S3

Fecha: 17-Feb-2017

su privación de libertad deviene del cumplimiento de una decisión jurisdiccional subsistente dispuesta contra los ahora accionantes, lo cual hace innecesaria la pretensión de los prenombrados referida a una solicitud de audiencia de medidas cautelares

Por lo referido, tras la declaratoria de ejecutoria de la Sentencia condenatoria 16/2015, la autoridad jurisdiccional del caso, libró contra  los sentenciados los respectivos mandamientos de condena, aspectos que permiten a esta Sala advertir que al presente la situación jurídica de los ahora accionantes se encuentra sujeta a la Sentencia condenatoria declarada ejecutoriada (fs. 14 a 16) definida en sede de la jurisdicción ordinaria, es decir que su privación de libertad deviene del cumplimiento de una decisión jurisdiccional subsistente dispuesta contra los ahora accionantes, lo cual hace innecesaria la pretensión de los prenombrados referida a una solicitud de audiencia de medidas cautelares, por cuanto su calidad procesal no es el de imputados sino de condenados -procesados a los cuales se le aplicó una pena de diez años de privación de libertad- no siendo evidente que su situación procesal sea incierta y su privación de libertad ilegal, toda vez que esta se encuentra plenamente respaldada -como se tiene evidenciado- por una Sentencia condenatoria declarada ejecutoriada emitida en proceso judicial por autoridad competente.