Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2017-S3
Fecha: 17-Feb-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes a través de su representante denuncian la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la igualdad, a la defensa y los principios de legalidad, favorabilidad y fundamentación, toda vez que su solicitud de audiencia de medidas cautelares fue rechazada por la autoridad demandada, misma que fue presentada al no tener sentencia condenatoria ejecutoriada en su contra, al encontrarse pendiente de resolución su recurso de casación, menos tienen impuesta una medida cautelar, situación que se constituye en ilegal privación de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- …se entiende que para ese cometido, la autoridad aplicó el principio de igualdad y favorabilidad
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- APLICACIÓN
- constando la renuncia expresa de las partes -imputados y Ministerio Público- al recurso de apelación, por lo que la autoridad judicial declaró ejecutoriada dicha resolución y la consiguiente remisión de obrados al Juez de Ejecución Penal y al Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP)
- su privación de libertad deviene del cumplimiento de una decisión jurisdiccional subsistente dispuesta contra los ahora accionantes, lo cual hace innecesaria la pretensión de los prenombrados referida a una solicitud de audiencia de medidas cautelares
- sobre un supuesto trato no igualitario por parte de la autoridad judicial demandada con relación al otro coprocesado
- WILLY JACINTO ROSALES, MIGUEL VIRACA ZEPITA, DARIO RIVERA CRUZ y WILFREDO QUISPE GARCILAZO
- aduciendo un supuesto “…cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal…”
- 1º REVOCAR
- 2º Disponer