Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2017-S3
Fecha: 17-Feb-2017
II.1.
II.1. Mediante memorial presentado el 26 de febrero de 2015, el Ministerio Publico informó el inicio de la investigación e imputó formalmente a Wilfredo Quispe Garcilazo y Dario Rivera Cruz -ahora accionantes-, además de Willy Jacinto Rosales y Miguel Viraca Zepita por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, constando la solicitud de aplicación de medidas cautelares (fs. 2 a 7 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- …se entiende que para ese cometido, la autoridad aplicó el principio de igualdad y favorabilidad
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- APLICACIÓN
- constando la renuncia expresa de las partes -imputados y Ministerio Público- al recurso de apelación, por lo que la autoridad judicial declaró ejecutoriada dicha resolución y la consiguiente remisión de obrados al Juez de Ejecución Penal y al Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP)
- su privación de libertad deviene del cumplimiento de una decisión jurisdiccional subsistente dispuesta contra los ahora accionantes, lo cual hace innecesaria la pretensión de los prenombrados referida a una solicitud de audiencia de medidas cautelares
- sobre un supuesto trato no igualitario por parte de la autoridad judicial demandada con relación al otro coprocesado
- WILLY JACINTO ROSALES, MIGUEL VIRACA ZEPITA, DARIO RIVERA CRUZ y WILFREDO QUISPE GARCILAZO
- aduciendo un supuesto “…cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal…”
- 1º REVOCAR
- 2º Disponer