SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2017-S3

Fecha: 17-Feb-2017

II.3.

II.3.  Mediante nota de 29 de abril de 2016, el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Lagunillas, puso en conocimiento del ahora accionante que el codemandado Anselmo Hurtado Saldias no está debidamente elegido como representante de la población de Lagunillas y mucho menos de esa instancia municipal ante el Directorio de EPSA MANCHACO SOCIAL, por lo que desconoce todo acto que pudiera realizar (fs. 47). Por escrito de 3 de mayo del citado año, dirigida a los Directores de EPSA MANCHACO SOCIAL, a través del cual el Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Vaca Guzmán, hizo conocer su repudio y rechazo a la referida conformación; cursa también Resolución para tal efecto (fs. 55 a 56). Nota de 4 del mismo mes y año presentada por el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo, con igual referencia (fs. 57).