SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2017-S2
Fecha: 06-Feb-2017
Fragmento 21
La accionante, al no haber sido designada en dichos cargos, interpuso recursos de revocatoria y jerárquico el 26 de noviembre de 2015 y el 26 de enero de 2016 respectivamente, solicitando se le otorgue el ítem ganado por la vía de proceso de selección según Convocatoria 001/15, en la Dirección General de Asuntos Jurídicos; a lo cual, el Gerente General a.i de COSSMIL, mediante nota Dir. Jur. DGAJ 268/2016, le hizo conocer que habiendo realizado un análisis valorativo y normativo de su caso, resolvió mediante Resolución 018/2016, adjudicarle uno de los ítems de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, en el Hospital Militar Central, exhortándole por tal motivo a pasar por el Departamento de RR.HH. a recoger su memorándum.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- [6]
- SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2017-S2
- su cobertura se extiende a todo el ejercicio que debe desarrollar la administración pública en la realización de sus objetivos y fines estatales, lo que implica que cobija todas las manifestaciones en cuanto a la formación y ejecución de los actos, a las peticiones que presenten los particulares y a los procesos que adelante la administración con el fin de garantizar la defensa de los ciudadanos
- Fragmento 18
- III.3. Derecho a la igualdad
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- CONFIRMAR en todo