SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2017-S2

Fecha: 06-Feb-2017

III.4.  Análisis del caso concreto

La accionante denuncia la vulneración de sus derechos constitucionales, señalando que habiendo postulado a la Convocatoria Externa 001/15, emitida por COSSMIL para optar a uno de los tres ítems de abogado en la Dirección General de Asuntos Jurídicos y calificado entre las tres primeras, no se le entregó su memorándum de designación; por lo que efectuó los reclamos pertinentes e interpuso los recursos de revocatoria y jerárquico, recibiendo en respuesta a este último, la nota Dir. Jur. DGAJ 268/2016 suscrita por el Gerente General a.i de COSSMIL, donde se le indicó que mediante Resolución 018/2016, se determinó adjudicarle uno de los ítems que fueron motivo de dotación de personal mediante la misma convocatoria, pero dentro un marco legal distinto al que se encontraba trabajando y en una entidad distinta exhortándole a recoger su memorándum previa renuncia a su fuente de trabajo

Lo que nos da a entender que la problemática principal, versa sobre este último aspecto, referente a la adjudicación del ítem en una entidad diferente a la que se postuló, en un marco legal distinto y previa renuncia a su puesto de trabajo; y no así sobre la supuesta falta de adjudicación o nombramiento en uno de los ítems reclamados, puesto que esta situación ya fue corregida por el Gerente General a.i de esa Corporación mediante Resolución 018/2016, por lo que no corresponde a este Tribunal emitir sobre este aspecto pronunciamiento alguno.

En ese entendido, de la revisión de los datos adjuntos a la presente acción tutelar, se tiene que COSSMIL en cumplimiento de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal emitió la Convocatoria Pública externa 001/15, invitando a las personas interesadas se postulen a los diferentes puestos de trabajo ofertados, entre ellos la: “Ref. 002/15 ABOGADO (3 PUESTOS)-DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS”. Asimismo, se advierte que el Comité de Selección de COSSMIL, mediante Informe DRH 021/15 hizo conocer al Gerente General a.i de dicha institución, la lista de los tres candidatos calificados dentro del proceso de reclutamiento y selección “Ref. 002/15”, entre las que se encontraba Amparo Zulema Urquieta Barrios, y recomendó se elija a los postulantes que obtuvieron los puntajes más altos de calificación.