Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2017-S1
Fecha: 15-Feb-2017
II.8.
II.8. Mediante Resolución Fiscal Departamental GPJ 125/16 de 14 de marzo de 2016, relativo al caso: FELCC-LG 194/2014, se resolvió devolver los antecedentes al fiscal encargado de la investigación por no haber ingresado al fondo del asunto, y se instruyó subsanar todo lo observado, en el plazo de cinco días, computables a partir de su respectiva legal notificación (fs. 23).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La protección constitucional de los derechos fundamentales en el Estado Constitucional de Derecho Plurinacional
- III.2. La configuración jurídica de la acción de libertad como derecho fundamental y garantía constitucional
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR