Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2017-S1
Fecha: 23-Feb-2017
II.4
II.4. Por notas de 28 de octubre de 2016, dirigidas a Álvaro Marcelo García Linera y Gabriela Montaño Viaña, Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional y Presidenta de la Cámara de Diputados respectivamente, el accionante expresó su reclamo por la constante negativa de los miembros de la Comisión de Ética de proporcionarle copias del proceso disciplinario seguido en su contra, aspecto que violaría su derecho a la información como parte acusada, y en el marco de los arts. “24.6” y 232 de la CPE y 85 de la LPA, pidiendo instruir se le entregue las copias referidas (fs. 7 a 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- “improcedente”
- II.1
- II.2
- II.3.
- II.4
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.2.
- III.3
- i)
- Fragmento 22