SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2017-S2
Fecha: 20-Feb-2017
II.3.
II.3. Por escrito de 9 de septiembre de 2016, la ahora accionante solicitó al Jefe Departamental del Trabajo de Santa Cruz, intervención sobre despido obligatorio sin causa justificada, mencionando que por más de cinco años continuos trabajó como Defensora Pública, hasta que el 24 de junio de 2016, en un acto vulneratorio y discriminatorio ante la enfermedad de cáncer que padece, por memorándum le agradecieron por sus servicios con vacación obligatoria de despido, sin causa justificada ni previo proceso administrativo de haber cometido alguna falta grave o leve que vulnere el reglamento interno o la Ley de Defensa Pública; memorándum del cual presentó impugnación haciendo referencia a la flagrancia de la vulneración de sus derechos a la salud y al trabajo y en el incumplimiento de la Ley del Servicio Nacional de Defensa Pública, siendo ratificado sin fundamento sino aduciendo el interinato de su persona (fs. 9 a 10); de esa manera, el Inspector del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz, citó, conminó y emplazó a la parte denunciada a presentarse por única vez el día 14 de octubre de 2016 a horas 17:30 (fs. 11). Celebrada la audiencia de conciliación en la fecha señalada, se concluyó se proceda de acuerdo a ley (fs. 12 a 13 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. La complementación, compatibilización y conciliación constitucional de la igualdad en sus dos vertientes: La igualdad formal y la igualdad material
- III.1.2. Las dos funciones que nacen de la complementación, compatibilización y conciliación constitucional de la igualdad en sus dos vertientes: La igualdad formal y la igualdad material
- ii) El derecho subjetivo a un trato desigual de las personas pertenecientes a sectores de vulnerabilidad.
- a) En la Constitución Política del Estado
- b) En las normas del bloque de constitucionalidad
- c) En las leyes y disposiciones reglamentarias
- d.1) Despidos intempestivos
- d.2) Despidos como consecuencia de procesos administrativos disciplinarios internos donde no se respetó el debido proceso
- III.2.2. El derecho al debido proceso reforzado en el ejercicio de la actividad sancionadora del Estado respecto de las personas con capacidades diferentes
- III.2. La función de los derechos fundamentales laborales de las trabajadoras y los trabajadores en el Estado Plurinacional y su protección mediante la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 25
- CONFIRMAR en todo