SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2017

Fecha: 09-Mar-2017

I.2.

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, por Resolución 16/2015 de 21 de julio, cursante de fs. 747 a 753 vta., rechazó el pedido de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, presentada por el accionante, indicando que al ser las medidas cautelares un presupuesto enteramente procesal que puede limitar el derecho a la libertad o de libre locomoción, no resulta contradictorio con el principio de presunción de inocencia al no tratarse de una pena anticipada, sino tan sólo constituir instrumento procesal que garantiza los fines del proceso asegurando la presencia efectiva del imputado durante el juicio; además, no existe vulneración alguna a dicho principio, porque la medida cautelar no define un grado de culpabilidad, sino una situación procesal para cumplir las finalidades establecidas en el art. 221 del CPP; y tampoco se vulnera el juicio previo, porque las medidas cautelares “importan una teoría fáctica” (sic), sostenida por un orden indiciario y una calificación provisional que emerge de una fase de investigación preliminar, en la que el imputado ejerce su derecho a la defensa postulando en su caso, actos de investigación, de impugnación de las decisiones del director funcional de la investigación o bien del juez contralor de garantías.