SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0009/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0009/2017

Fecha: 24-Mar-2017

I.3.3. El preaviso y el desahucio

Según el Diccionario de la Lengua Española, desahucio significa: “Acción y resultado de desahuciar o despedir a un inquilino del local o finca que tiene arrendado, la falta de pago es motivo de desahucio”. De acuerdo al derecho comparado, el término desahucio no es propio del derecho del trabajo, es una palabra que proviene del derecho común, usada generalmente en los contratos de arrendamiento, también se le denomina ad nutum, que significa sin motivo, sin causa, por lo que en el derecho laboral comparado, desahucio se entiende como una forma de terminar el contrato de trabajo, consistente en la manifestación unilateral de voluntad por parte del empleador.