Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2017-S3
Fecha: 06-Mar-2017
concedió
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 09/2016 de 6 de diciembre, cursante de fs. 39 a 40 vta., concedió la tutela solicitada, en relación al debido proceso en su elemento de fundamentación, disponiendo la nulidad del Auto de Vista de 2 de dicho mes de 2016, debiendo las autoridades demandadas emitir nueva resolución conforme a derecho, fallando de acuerdo a los antecedentes del proceso si corresponde ingresar o no a resolver el fondo de la apelación, determinando lo que corresponda.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones como componente esencial del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- 'Esta exigencia de fundamentar las decisiones, se torna aún más relevante cuando el Juez o Tribunal debe resolver en apelación la impugnación de las resoluciones pronunciadas por las autoridades de primera instancia
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR