SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2017-S2

Fecha: 06-Mar-2017

1)

Miriam Pacheco Herrera, Fiscal de Materia, en audiencia de acción de libertad señaló lo siguiente: 1) El “…29 de diciembre de 2015 al haber verificado que (…) Martin Coca Foronda [fue legalmente notificado] emitiendo orden de aprehensión, existiendo denuncias Martin Coca Foronda cuyos denunciantes han identificado en las que plenamente lo identificaron como Martín Coca y Miguel Coca Foronda, a Daniel Coca Acero hijo de Martín Coca Foronda…”(sic), conforme el informe policial, ya que cuando procedían a ejecutar la orden de aprehensión,  Hilarión Coca Foronda y Jimena Salazar, denunciantes identificaron plenamente al autor de los presuntos delitos de allanamiento de domicilio, tentativa de violación; 2) “…del informe presentado por los efectivos policiales, cuando consultaron si se era Martín Coca Foronda, los denunciantes lo identificaron y el accionante dijo que era él, como no tenía una cédula de identidad, lo llevaron los policías con fines investigativos…”(sic); 3) A las 9:00 horas, fue trasladado a dependencia de la Fiscalía y puesto a su conocimiento; 4) “…el acreditó que no era Martín Coca Foronda, se le explicó fotografías donde se le indico que tuvieron altercados, etc., dijo que Martin era su papá y que estaba en Argentina, se acreditó que no era para quien se emitió esa orden de aprehensión…” (sic); 5) Los efectivos policiales lo trasladaron con fines investigativos, por lo que no se violó ningún derecho del accionante, además carece de legitimación activa, ya que su vida e integridad en ningún momento ha estado en peligro o ilegalmente detenido indebidamente, procesado y nunca estuvo preso, ni privado de su libertad, fue arrestado por no haber acreditado que era Martin Miguel Coca Foronda, por lo que se solicita se deniegue la tutela, con costas por ser un atentado contra el Ministerio Público; 6) “…los denunciantes Hilarión y Jimena a referido claramente que el accionante es quien entra a su domicilio, les dice que es Martin Miguel Coca Foronda, dueño de esos terrenos, (…) lo identificaron como el autor de los hechos por eso los policías lo llevaron con fines investigativos, y en ningún momento el accionante dijo ser el hijo…”(sic), de Martín Miguel Coca Foronda; y, 7) Daniel Coca Acero, hijo de Miguel Coca Foronda entró e invadió un domicilio, avasallando la casa de los “denunciantes”, existen testigos y fotografías que cursan en el cuaderno de investigaciones, además cursa en el cuaderno de investigaciones una rectificación del nombre presentado por Jimena Laura Salazar e Hilarión Coca Foronda, rectificando que el que realmente los agredió y amenazó, es Daniel Coca Acero, hijo de Martín Miguel Coca Foronda, quien se hace pasar por el padre.