Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2017-S2
Fecha: 06-Mar-2017
acción de libertad
En revisión la Resolución de 23 de diciembre de 2016, cursante de fs. 48 a 50 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Víctor Gustavo Vacaflor Gonzales en representación sin mandato de Benjamín Mérida Dávalos contra Iver Fernando Gonzáles Casano, Juez de Instrucción Penal Segundo de Quillacollo del Departamento de Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.1
- I.2.1.
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- previo a acudir al presente mecanismo de defensa, el accionante está obligado a agotar los medios de impugnación intraprocesales idóneos, establecidos en las leyes adjetivas, y en caso de no habérsele reparado sus derechos en la instancia ordinaria o administrativa, entonces recién corresponderá acudir ante la justicia constitucional en busca de una protección inmediata
- En el Código de Procedimiento Penal, dentro del sistema de recursos e impugnaciones que otorga a las partes en el proceso penal, establece el de apelación incidental contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- Fragmento 12
- CONFIRMAR en todo