SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0168/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0168/2017-S1

Fecha: 10-Mar-2017

Así, el derecho a una debida fundamentación y motivación de las resoluciones, se constituye en la garantía del sujeto procesal de que el juzgador al momento de emitir una decisión, explicara de manera clara, sustentada en derecho, los motivos que lo llevaron a tomar una decisión

Así, el derecho a una debida fundamentación y motivación de las resoluciones, se constituye en la garantía del sujeto procesal de que el juzgador al momento de emitir una decisión, explicara de manera clara, sustentada en derecho, los motivos que lo llevaron a tomar una decisión; argumentación que deberá seguir un orden coherente respecto a los hechos demandados y exponer con puntualidad los elementos jurídico-legales que determinaron su posición.

Es así que, toda autoridad que dicte una resolución  debe imprescindiblemente  exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma, por cuanto la estructura de una resolución tanto en el fondo como en la forma, dejara pleno convencimiento a las partes de que se ha actuado no solo de acuerdo a las normas sustantivas y procesales aplicables al caso, sino que también la decisión  está regida por los principios y valores supremos rectores que orientan al juzgador, eliminándose cualquier interés o parcialidad, dando al administrado en pleno convencimiento de que no había otra forma de resolver los hechos juzgados sino de la forma en que se decidió.