SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2017-S3

Fecha: 13-Mar-2017

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La parte accionante ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de libertad, y ampliándolo manifestó que la Policía debe acatar y hacer caso a la Resolución de la Jueza que ordenó su detención domiciliaria, no puede retrasar su libertad en merced de un simple informe, el Tribunal Constitucional Plurinacional sostuvo que no se puede “cuestionar” la libertad de una persona por el simple hecho de que la policía no tenga funcionarios suficientes, en este entendido es el Órgano Judicial quien debe hacer respetar sus fallos y la Policía debe cumplirlas.