Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2017-S1
Fecha: 23-Mar-2017
Fragmento 19
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución de 29 de diciembre de 2016, cursante de fs. 278 a 282 vta., pronunciada por la Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda del departamento de Tarija; y, en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada, sin ingresar al análisis del fondo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1
- II.2
- II.3.
- II.4
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- La SCP 1291/2012 de 19 de septiembre, sostuvo que:
- Fragmento 15
- Tribunal Constitucional, llegase a pronunciar resolución en el fondo se correría con el riesgo, de que puedan emitirse dos resoluciones paralelas que podrían ser contradictorias, tanto en la justicia ordinaria como en la constitucional…”
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19