Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2017-S1
Fecha: 23-Mar-2017
II.2
II.2. El 22 de junio de 2016, Rubén Darío Velasco Mercado, Gerente General a.i. del SETAR –ahora demandado–, en el marco de sus atribuciones conferidas en los arts. 9 y 38 del Reglamento Interno de dicha empresa, a través de Memorándum G.G. 128/2016, procedió a la suspensión sin goce de haberes del accionante en el cargo de Gerente Administrativo Financiero de la citada entidad pública, tal como lo disponen los arts. 269 y 270 inc. d) del referido Reglamento Interno, hasta que se realicen todas las diligencias administrativas inherentes a esclarecer los hechos y denuncias que cursan en su contra (fs. 10).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1
- II.2
- II.3.
- II.4
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- La SCP 1291/2012 de 19 de septiembre, sostuvo que:
- Fragmento 15
- Tribunal Constitucional, llegase a pronunciar resolución en el fondo se correría con el riesgo, de que puedan emitirse dos resoluciones paralelas que podrían ser contradictorias, tanto en la justicia ordinaria como en la constitucional…”
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19