Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0199/2017-S1
Fecha: 23-Mar-2017
II.2.
II.2. Cursa memorial de 28 de abril de 2014, mediante el cual, la accionante impugnó la Resolución 0001033, argumentando que la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR no analizó la documentación presentada por su persona, que demuestra fehacientemente su condición de concubina de casi veinte años y casada por más de tres años, con Luis Godoy Ovando (fs. 11 a 12).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- No tendrán derecho a la renta de viudedad …la esposa que hubiere estado separada dos o más años por su culpa
- Principio, Fin y Derecho a la seguridad Jurídica
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Alcances del derecho a la seguridad social en la Constitución Política del Estado y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos
- III.4. De la fundamentación y congruencia de las decisiones, como elementos esenciales del debido proceso
- a)
- 1)
- CONFIRMAR