SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0199/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0199/2017-S1

Fecha: 23-Mar-2017

Principio, Fin y Derecho a la seguridad Jurídica

La accionante por intermedio de su representante legal, denunció lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación, a la defensa y al “Principio, Fin y Derecho a la seguridad Jurídica” (sic), citando al efecto los arts. 115 y 119.II, de la Constitución Política del Estado (CPE).

La impetrante de tutela, alegó como lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación, a la defensa y al “Principio, Fin y Derecho a la seguridad Jurídica” (sic), por cuanto las autoridades ahora demandadas, pronunciaron el Auto Supremo 128 de 5 de mayo de 2016, sin la debida fundamentación, motivación y congruencia, además de haber obviado aplicar el art. 52 del CSS en todas sus premisas.

En la presente acción de amparo constitucional, la accionante indica como vulnerados sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación, a la defensa y al “Principio, Fin y Derecho a la seguridad Jurídica” (sic), aseverando que las autoridades jurisdiccionales hoy demandadas, dentro del trámite de derechohabiente que siguió, pronunciaron el Auto Supremo 128, que declaró infundado el recurso de casación en el fondo interpuesto por la misma.