SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2017-S1

Fecha: 23-Mar-2017

i)

Antonio Fagalde Revilla, Vocal de la Sala Civil, Familiar, Social, Niña Niño y Adolescente y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante informe escrito presentado el 30 de agosto de 2016, cursante de fs. 676 a 677 vta., manifestó que: i) Por Sentencia de 8 de julio de 2014, se declaró probada la demanda interpuesta por Nancy Ivana Herrera Pérez e improbada la reconvención planteada por el ahora accionante, decisión confirmada en apelación y declarada infundada en casación mediante Auto Supremo 125/2015 de 26 de febrero; por lo que, contra el fallo de primera instancia no procede ningún recurso por encontrarse ejecutoriado, y lo único que pude interponer la parte perdidosa era revisión extraordinaria de sentencia; sin embargo, el plazo para dicho cometido ya se encuentra vencido; ii) En ejecución de sentencia, el accionante incidentó muchas veces a fin de no cumplir lo dispuesto en el fallo ya ejecutoriado, es así que interpuso la excepción sobreviniente de inejecutabilidad de sentencia, misma que, mediante decreto de 5 de noviembre de 2015 se declaró no ha lugar, recurriendo dicho decreto en apelación, se emitió el Auto de Vista 17/2016 de 2 de febrero, confirmando el fallo recurrido; y, iii) El Juez de garantías carece de competencia para anular o dejar sin efecto las resoluciones indicadas por el accionante.

Ponciano Ruiz Quispe, Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando y Miguel Ángel García Solares, Juez Público Civil y Comercial Primero del referido departamento, no se presentaron en audiencia como tampoco presentaron informe, pese a su legal notificación cursante a fs. 648 y 645 de obrados respectivamente.