SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0219/2017-S2

Fecha: 15-Mar-2017

llamar la atención

Por otro lado, cabe precisar que la emisión de dos resoluciones por parte del Juez de garantías, para resolver la problemática actual, resulta ser totalmente irregular en razón a que no es posible que una autoridad judicial emita dos resoluciones sobre un mismo asunto, más aún si no existe normativa legal alguna emanada por este Tribunal que ampare dicho aspecto; en virtud a que todo caso que sea de conocimiento de una autoridad judicial, debe ser resuelto de manera fundamentada, objetiva e imparcial mediante una única determinación, siendo por tanto inadmisible el pronunciamiento de otra más con dicha finalidad; por lo que corresponde llamar la atención al Juez de Partido y de Sentencia Penal Segundo de Montero del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías y remitir antecedentes al Consejo de la Magistratura por la posible comisión de faltas disciplinarias en el ejercicio del cargo.

Asimismo, en virtud a la afirmación efectuada por el referido Juez de garantías en la Resolución 2 de 4 de junio de 2016, que señala: “…llama bastante la atención (…) la forma hermética de custodia del cuadernillo de investigaciones por parte de la autoridad accionada (…) Dra. Rosangela Fernández Tarifa (…) con oficio de la misma fecha se la conmina a que remita el cuadernillo de investigaciones ante lo cual se niega a hacerlo…”, se dispone de igual manera la remisión de una copia de la presente Resolución a la Dirección de Régimen Disciplinario del Ministerio Público, con la finalidad de iniciarse proceso por la presunta comisión de faltas disciplinarias en el ejercicio del cargo, más aún si es obligación de toda autoridad, colaborar y remitir los actuados solicitados por un juez o tribunal de garantías con la finalidad de resolver una problemática planteada.