SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2017-S2
Fecha: 20-Mar-2017
no será necesario exigir ningún otro requisito adicional para su procedencia, menos el estado absoluto de indefensión,
Consecuentemente, no será necesario exigir ningún otro requisito adicional para su procedencia, menos el estado absoluto de indefensión, al margen que el principio de celeridad procesal forme parte del debido proceso, puesto que de ser así implicaría pedirle al accionante cumpla una situación jurídica materialmente imposible, tomando en cuenta que el accionante al estar efectuando trámites judiciales o administrativos relacionados a su privación de libertad, nunca podrá estar en estado absoluto de indefensión, situación por la cual corresponderá hacer abstracción de este estado, en los casos que se denuncien dilaciones o demoras injustificadas en trámites relacionados directa o indirectamente a la privación de libertad.
Se entenderá que un acto dilatorio tendrá vinculación directa con el derecho a la libertad, cuando la demora prolongue por sí misma la privación de libertad de una persona, como sucedería en el caso de la Policía Nacional, cuando no remita al aprehendido dentro los plazos legales ante la autoridad competente; cuando el Ministerio Público de igual manera no remita dentro los plazos legales al detenido ante el Juez Cautelar o cuando la autoridad jurisdiccional teniendo que resolver la privación de libertad de una persona, no la hiciera o la dilatara ilegal o indebidamente, entre otros casos similares.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuesto de activación
- i)
- III.2. Acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. Procedencia de la acción de libertad de pronto despacho ante actos dilatorios que tienen vinculación indirecta con el derecho a la libertad
- no será necesario exigir ningún otro requisito adicional para su procedencia, menos el estado absoluto de indefensión,
- un acto dilatorio tendrá vinculación indirecta al derecho a la libertad, cuando la demora se de en trámites administrativos o judiciales realizados para recuperar la libertad de una persona
- III.4.
- o indirecta
- REVOCAR en todo