SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2017-S2

Fecha: 20-Mar-2017

un acto dilatorio tendrá vinculación indirecta al derecho a la libertad, cuando la demora se de en trámites administrativos o judiciales realizados para recuperar la libertad de una persona

Asimismo, un acto dilatorio tendrá vinculación indirecta al derecho a la libertad, cuando la demora se de en trámites administrativos o judiciales realizados para recuperar la libertad de una persona, como sucedería en el caso de solicitudes de certificaciones al REJAP, a la Policía Nacional, Migraciones y al SEGIP entre otras; así como también cuando se demore el personal de apoyo jurisdiccional de los juzgados dilate la remisión de documentación en grado de apelación; la entrega de mandamiento de libertad ordenado por autoridad competente entre otros; ya que en estos casos, si bien la demora o dilación no determinará por su propia cuenta la prolongación indebida de la privación de libertad; sin embargo, afectará en la presentación de la solicitud por la que pueda solicitarse el cese de su privación de libertad” (las negrillas son nuestras).