SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2017-S1

Fecha: 28-Mar-2017

II.5.

II.5.    Por Proveído AN-GRT-YACTF 006/2015 de 17 de marzo, se declaró improcedente la solicitud de exclusión presentada, porque de acuerdo al Instructivo para el Desistimiento, Corrección y Anulación de Declaraciones de Mercancías, debió solicitar dentro de los tres días hábiles siguientes a la aceptación de la declaración y antes del pago del tributo aduanero; asimismo, el art. 6 de la Ley 133 establece  las exclusiones del programa  de vehículos que se encuentran en calidad de chatarra, chocados y reconstruidos; empero, en el caso en análisis, resultado de la verificación técnica y de acuerdo al Trabajo Técnico–Regularización Vehicular  Formulario Único DIPROVE 2011R3562, se consigna el dato de “SIN OBSERVACIONES” (sic) no evidenciando exclusión alguna (fs. 71       Anexo 2).