Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2017-S3
Fecha: 24-Mar-2017
II.1
II.1. Mediante RA-SS 1366/2011 de 12 de septiembre, el entonces Director Nacional a.i. del INRA -entidad ahora tercera interesada-, Julio Urapotina Aguararupa, resolvió adjudicar el predio denominado “Brasilia” a favor de Elvio Gil Mendia -ahora accionante-, por la superficie de 10 080,0946 ha, clasificado como empresarial con actividad ganadera, ubicado en el municipio Exaltación, provincia Yacumá del departamento de Beni (fs. 3 a 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1
- II.2
- II.3.
- II.4.
- III.1. El derecho a una resolución fundamentada y motivada: Su contenido esencial en el Estado Constitucional de Derecho
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- REVOCAR