SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2017-S2

Fecha: 20-Mar-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 14 de marzo de 2016, fue contratada como Auxiliar Administrativo para el área de deportes del Gobierno Autónomo Municipal de Camiri, hasta el 31 de agosto del mismo año; sin embargo, mediante memorándum GAMC/2016 de 6 de junio, el Secretario Municipal y el Director Jurídico del Gobierno Autónomo Municipal de Camiri le despidieron de su fuente de trabajo, sin tomar en cuenta que su contrato era a plazo fijo.

Ante dicho despido, acudió ante la Jefatura Regional del Trabajo, pidiendo se restituya su derecho vulnerado, por lo que mediante Resolución de 3 de agosto de 2016, se conminó y emplazó al Alcalde Municipal de Camiri, en cumplimiento al contrato GAMC/156/2016 y sea hasta la conclusión del mismo (31 de agosto de 2016), reponiendo los sueldos desde el momento de su suspensión y despido injustificado; es decir, desde el 6 de junio de 2016.