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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0232/2017-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0232/2017-S2

    Fecha: 20-Mar-2017

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos a la defensa, al debido proceso en sus elementos de fundamentación, congruencia y razonable valoración de la prueba y el principio de igualdad jurídica citando al efecto los arts. 14, 115, 117, 119 y 178 de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • denegó
    • II.1.
    • II.4.
    • II.5.
    • Auto Supremo 207
    • III.1.  Configuración de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  La fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del debido proceso
    • ‘…la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas.
    • III.3.   El principio de congruencia
    • III.4.   Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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