SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2017-S1

Fecha: 28-Mar-2017

a)

El accionante a través de su abogado, a tiempo de ratificar todo lo expuesto en el memorial de acción de libertad, aclarando algunos aspectos, manifestó que: a) La subsidiaridad está ausente en el presente caso, debido a las irregularidades procesales y la ausencia del control jurisdiccional de la investigación penal, y no se puede soslayar esta responsabilidad aduciendo que existió consentimiento del imputado; b) Lamentablemente en el acta de audiencia no se hizo constar, que la misma fue suspendida, sin resolver la situación jurídica del imputado debido a la duda que existía respecto a su participación en el hecho, por lo que se exigió un informe ampliatorio para que se pueda fundamentar la determinación, el cual no fue presentado pese al memorial de 13 de octubre de 2016; c) Hasta el 3 de noviembre de 2016 no cursaba en el cuaderno procesal ningún acta mucho menos una resolución que dispone la detención, extremo que quiso hacer constar, pero fue impedido de fotografiar la diligencia; d) El Auto 71/2016 nunca fue notificado, privándolo de este modo poder formular recurso de apelación por las incongruencias que contiene aquella; e) La diligencia que se adicionó en la papeleta de notificaciones, corresponde a la notificación con el señalamiento de audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares; y, f) Mediante la presente acción de defensa, en la vía correctiva se pretende la restitución del derecho a la libertad.