SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0250/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0250/2017-S3

Fecha: 27-Mar-2017

a)

La parte accionante ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de libertad, y ampliándolo manifestó que: a) Desde que interpuso la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, la Fiscal ahora tercera interviniente fue notificada en su mismo domicilio -calle Independencia- con varios actuados, entre ellos la diligencia de “23 de diciembre de 2015”, misma que fue entregada a la asistente “fiscal” Roxana Parada Justiniano; y, b) El decreto emitido por las autoridades ahora demandadas que dispone se efectué una nueva notificación a la Fiscal antes referida no contiene ninguna fundamentación conforme a los preceptos legales establecidos en los arts. 124 y 163 del Código de Procedimiento Penal (CPP), toda vez que no explica por qué se debería anular la diligencia y volver a notificar a la suscrita Fiscal.