SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0265/2017-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0265/2017-s2

Fecha: 20-Mar-2017

razones por las que corresponde llamar la atención al Tribunal de garantías, instancia encargada de velar que el proceso constitucional se desarrolle conforme los plazos establecidos en la Norma Suprema y el Código Procesal Constitucional, esto a efecto de evitar incurrir en nuevas dilaciones en los casos que en lo posterior sean puestos a su conocimiento

Es precisamente, en mérito al entendimiento asumido en la jurisprudencia constitucional que las nuevas designaciones en los cargos donde supuestamente se habrían lesionado derechos y/o garantías constitucionales no puede justificar la dilación en la tramitación de la acción de amparo constitucional, pues ello desnaturaliza el carácter expedito propio de este tipo de acción de defensa, soslayando el fin para el cual ha sido instituido dentro el ordenamiento jurídico, razones por las que corresponde llamar la atención al Tribunal de garantías, instancia encargada de velar que el proceso constitucional se desarrolle conforme los plazos establecidos en la Norma Suprema y el Código Procesal Constitucional, esto a efecto de evitar incurrir en nuevas dilaciones en los casos que en lo posterior sean puestos a su conocimiento.