SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0270/2017- S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0270/2017- S1

Fecha: 28-Mar-2017

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 30/2017 de 8 de febrero, cursante de fs. 74 a 78, denegó la tutela; bajo los siguientes fundamentos: a) El accionante acusó la falta de fundamentación del Auto de Vista 25/2017, lo que suponía la carencia absoluta de dicho elemento, aspecto que no fue evidenciado, debido a que el citado Auto de Vista, expuso con claridad los motivos por los cuales se dispuso la revocatoria; b) No obstante a que no lo expresó, el propio impetrante de tutela, estableció y concluyó que efectivamente los Vocales demandados tomaron en cuenta el documento de identidad de su hermano, como elemento de juicio que fundamentó su decisión, aspecto que resultaba contradictorio a su pretensión; y, c) Los tribunales de garantías, se encontraban compelidos a la observancia de los principios que regían las nulidades procesales como el de trascendencia; y, se tuvo en tal sentido que, el accionante, no especificó cuál era la relevancia fundamental y constitucional para que en su caso, respecto a la falta de valoración expresa −del documento de identidad de su hermano−, sin mostrar cómo hubiera afectado a la decisión asumida por el Tribunal de alzada para modificar en lo esencial y sustancial lo decidido por los Vocales demandados; y, d) El impetrante de tutela, tampoco estableció en cuál de los supuestos de procedencia de la acción de libertad, conforme al art. 125 de la CPE, se encontraba contemplado el caso en análisis; consecuentemente, correspondía la denegación de la tutela impetrada.