SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0298/2017-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0298/2017-s2

Fecha: 03-Abr-2017

1)

Nuria Gisela Gonzáles Romero y Karem Lorena Gallardo Sejas, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -hoy demandadas- no asistieron a la audiencia de consideración de la acción tutelar; sin embargo, mediante informe escrito cursante de fs. 267 a 272 vta., manifestaron lo siguiente: 1) No concurre la legitimación activa puesto que los derechos supuestamente vulnerados son inherentes a las partes y no al accionante como autoridad jurisdiccional, puesto que no es parte del proceso del cual se excusa y no acredita ser titular de los derechos invocados como lesionados; y, 2) Verificaron una tramitación incorrecta en la excusa planteada por el ahora accionante lo cual fue manifestado en el Auto de Vista que se impugna, por lo que fue declarada ilegal, disponiendo que al haber aprehendido conocimiento del proceso las autoridades de la Sala Civil Primera ya referida, después de la excusa del Vocal Presidente de la Sala Civil Segunda del mismo Tribunal, sea la que continúe conociendo la causa como Tribunal de alzada, para resolver el recurso de apelación contra el Auto de 21 de septiembre de 2016, emitido dentro del proceso ejecutivo de referencia.