SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2017-S2

Fecha: 03-Abr-2017

II.7.

II.7.  La Aduana Nacional de Bolivia a través de su apoderado, dándose por notificado con la Resolución 1019/2015, por memorial presentado el 13 de enero de 2016, interpuso recurso de apelación contra la referida Resolución, solicitando se deje sin efecto legal la misma por ser claramente contraria a la ley; alegando que el sustento de la Resolución 1019/2015, es el cómputo del plazo de cuarenta y ocho horas que se otorgó a la Aduana Nacional de Bolivia para subsanar la demanda ejecutiva, mismo que fue computado a partir de una notificación ilegal practicada en Secretaría el 28 de diciembre de 2015, y que ni siquiera se esperó el tiempo de cuarenta y ocho horas para emitir la Resolución 1019/2015 (fs. 13 a 15).