SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2017-S3

Fecha: 20-Abr-2017

Fragmento 17

De los antecedentes que cursan en el expediente se tiene el Memorando RR.HH. 097/2016 de 3 de octubre, a través del cual Fernando Víctor Salazar Patzi, Director General Ejecutivo -hoy demandado- y Rolando Raúl Alcázar Iporre, Jefe de la Unidad Nacional de RR.HH. -ahora tercero interesado-, ambos de la Caja de Salud de Caminos y R.A., designaron al hoy accionante en el cargo de Jefe Médico de la Regional Tarija con el ítem 07-01 por el tiempo de ochenta y nueve días, señalando que a la conclusión de ese plazo se determinaría la procedencia o no de su ratificación (Conclusión II.1.). Asimismo, consta el Memorando RR.HH. 123/2016, mediante el cual ambas autoridades ratificaron al hoy accionante en el cargo que ejercía, con el mismo número de ítem y escala salarial, al haber sido evaluado satisfactoriamente en el desempeño de sus funciones (Conclusión II.2.). Sin embargo, por Memorando RR.HH. 003/2017, a través del cual las mencionadas autoridades de dicha entidad de salud le comunicaron al ahora accionante que: “En razón a que aún no ha concluido los 89 días del período de prueba al que hace mención el memorándum de designación N° RR.HH. 097/2016…” (sic), se dejó sin efecto el indicado Memorando RR.HH. 123/2016 hasta que se cumpla el plazo de ochenta y nueve días (Conclusión II.3.). Constan también las actas de devolución de activos fijos de 9 de enero de 2017 y de entrega de la documentación de la misma fecha (fs. 11 y 12).