SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2017-S3

Fecha: 20-Abr-2017

i)

Fernando Víctor Salazar Patzi, Director General Ejecutivo de la Caja de Salud de Caminos y R.A., a través de su representante en audiencia, sostuvo que: i) El accionante no agotó el proceso administrativo ni acudió ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social antes de interponer esta acción de defensa; ii) Según el Memorando RR.HH. 097/2016, al hoy accionante se le nombró en el cargo de Jefe Médico de la Regional Tarija por un período de prueba, mismo que fue cumplido el 30 de diciembre de 2016; iii) El accionante de manera personal entregó la documentación de la oficina donde trabajaba; asimismo, adjuntó prueba consistente en fotocopias legalizadas del extracto del marcador biométrico de esa institución, mediante el cual se acreditó que el nombrado incurrió en faltas como ser atrasos a su fuente laboral; iv) El embarazo de su esposa se produjo antes de la relación laboral; es decir, en septiembre de 2016, puesto que ingresó a trabajar el 4 de octubre de igual año; durante el periodo de prueba de trabajo, el accionante no hizo conocer sobre la situación de gestación de su esposa; v) No existe proceso administrativo previo en periodo de prueba de ochenta y nueve días; vi) Se contrató a otra persona para que ocupe el cargo que ejercía el ahora accionante, quien quedaría sin una fuente de trabajo; y, vii) En cuanto al pago de costas procesales y honorarios profesionales, las instituciones públicas están exentas del mismo; por todo lo expuesto, pidió se declare la improcedencia de la acción de amparo constitucional interpuesta.