SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0344/2017-S3

Fecha: 24-Abr-2017

III.3.  Otras consideraciones

Finalmente, cabe aclarar que si bien las autoridades demandadas concluyeron que en el caso sub judice no existe certeza sobre la concurrencia del art. 234.6 del CPP y dieron por enervado el mencionado riesgo procesal; sin embargo, a efectos de consideraciones posteriores resulta necesario referir que siendo las decisiones y Sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio a partir de su notificación; en el presente caso, durante la tramitación de esta acción tutelar, se emitió la SCP 0005/2017 de 9 de marzo, notificada el 30 de marzo de 2017, por la cual se declaró la inconstitucionalidad del art. 234.6 del CPP; sin embargo, la fecha de interposición de esta acción de libertad fue el 7 de igual mes y año (fs. 13 a 22), evidenciándose que la presentación fue anterior a la publicación de dicha Sentencia, no pudiéndose aplicar su entendimiento jurisprudencial a una causa tramitada con anterioridad sobre actuados ocurridos también previamente, por cuanto, el acto procesal considerado como lesivo -Auto de Vista 32/2017- fundamentó su decisión en vigencia de la normativa penal declarada posteriormente inconstitucional, por lo que mal podría endilgarse a los Vocales emisores de la Resolución de alzada -hoy demandados-, falta de previsión respecto a actos futuros.