Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2017-S1
Fecha: 21-Abr-2017
II.5.
II.5. Cursa Informe JDTSC/UAS/SMCH 018/16, de 15 de julio de “2015”, emitido por Saturnino Mallcu Vaca, Técnico de Asuntos Sindicales de la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, por el cual señaló que a objeto de verificar el cumplimiento de la Conminatoria JDTSC/CONM 056/2016 se constituyó en instalaciones de la CPS de igual departamento, evidenciando que los trabajadores desvinculados no fueron reincorporados a su fuente laboral; por lo que, “la Caja Petrolera de Salud NO dio cumplimiento a la CONMINATORIA…” (sic) (fs. 376).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.
- III.3.
- no puede hacerlo si la orden no cuenta con los mínimos elementales que la hagan efectiva
- sola conminatoria de reincorporación del trabajador a su fuente laboral por parte de las Jefaturas Departamentales de Trabajo, no provoca que, este Tribunal deba conceder la tutela y ordenar su cumplimiento, en su caso, se hará una valoración completa e integral de los hechos y datos del proceso, de las circunstancias y de los supuestos derechos vulnerados
- III.3.Análisis del caso concreto
- III.3.1. Consideraciones previas
- III.3.2. Resolución del caso
- CONFIRMAR