SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2017-S3

Fecha: 24-Abr-2017

denegó

El Juez Público de Familia Decimocuarto de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 03/2017 de 23 de febrero, cursante de fs. 190 a 191 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) La acción de amparo constitucional se constituye en un mecanismo de control tutelar de derechos y garantías constitucionales, siempre y cuando se cumplan los principios de inmediatez y subsidiariedad, caso contrario no se puede analizar el fondo del problemática planteada y tampoco conceder la tutela; 2) La legitimación pasiva es la capacidad jurídica reconocida a un servidor público, autoridad o persona particular que presuntamente lesionó derechos y garantías fundamentales, a efecto de que pueda asumir defensa y responder por sus actos, coincidencia que se rompe cuando la autoridad o servidor público deja el cargo o la función pública en cuyo ejercicio hubiere cometido la supuesta vulneración, y es otra persona la que asume en su reemplazo, debiendo la demanda estar dirigida contra la autoridad que ostente el cargo desde el cual se realizó el acto ilegal o se incurrió en la omisión indebida, conforme a ello, ante una eventual concesión de tutela, la exautoridad o exautoridades, no podrían asumir la responsabilidad institucional, que consistiría en el deber de cesar la restricción, supresión o amenaza de restringir o suprimir derechos fundamentales y garantías constitucionales; y, 3) Al presente, varios de los demandados ya no estarían como funcionarios del Tribunal Disciplinario Superior Permanente y del Tribunal Disciplinario Departamental de La Paz, ambos de la Policía Boliviana.