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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2017-S1

    Fecha: 25-Abr-2017

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.  De la acción de libertad
    • III.3.
    • no es menos evidente que la parte recurrente debe acompañar la prueba suficiente y necesaria que acredite la veracidad de las acusaciones que formula, a objeto de lograr sus pretensiones, puesto que corre   por su cuenta la carga de demostrar la existencia del o los  actos lesivos que estima hayan restringido sus derechos,  puesto que no puede dictarse una Resolución de procedencia  cuando no se constata la vulneración de ningún derecho o  garantía fundamental precisamente por falta de pruebas en las que el Tribunal pueda basar su decisión
    • no obstante ello no implica que puede prescindirse la presentación de prueba mínima que acredite los hechos  denunciados, en razón a que al  sustanciar  y  resolver  la  acción
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • al respecto, se debe precisar que la naturaleza de aplicación del principio de informalismo en esta acción tutelar, responde a efectivizar la acción de defensa en forma oportuna y eficaz prescindiendo de formalidades procesales referidas; sin embargo, esto no implica que puede prescindirse de la presentación de prueba mínima que acredite los hechos denunciados, en razón a que al sustanciar y resolver la acción
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