SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0374/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0374/2017-S1

Fecha: 25-Abr-2017

i)

El Abogado de los terceros interesados de la “familia Zapata Alba”, apersonándose en audiencia manifestó: i) En la acción de amparo se señala a siete personas demandadas con cédulas diferentes, cuando en el proceso civil solo son seis los denunciados, hecho que resulta irregular; ii) Los informes de las autoridades, establecen con absoluta certeza, que han seguido el debido proceso; iii) Cuando las partes no hacen uso de los mecanismos de defensa oportunamente, implica una renuncia a sus derechos legítimos y no vulneración al debido proceso, por tanto la acción de amparo constitucional no es sustitutivo de ningún recurso ordinario; y, iv) Se tiene por confesión de los demandantes que se encontraban en calidad de detentadores de cuidadores, incluso existe una demanda laboral por beneficios sociales y jamás hubo una posesión legítima que les permita acceder a la usucapión, por lo que es falso que hubiera vulneración de sus derechos.