SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0376/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0376/2017-S1

Fecha: 25-Abr-2017

1)

Hugo Arebayo Corimayo, a través de su abogado mediante informe manifestó que: 1) Fue legalmente elegido por veintiocho de las treinta y seis comunidades del pueblo Guaraní, en el cual se encuentra haciendo gestiones en educación, salud y demás aspectos, negando que no se estuviera trabajando en proyectos; 2) La presente acción de defensa, pretende dejar sin efecto resoluciones emitidas de acuerdo a usos y costumbres; empero, el Tribunal Constitucional Plurinacional ya se pronunció al respecto tomando en cuenta las actas y resoluciones presentadas, así como la certificación 45/2015 emitida por la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia, además de la (CIDOB); reunión extraordinaria de Mburuvichas de 13 de enero de 2016, en la que se dictó un acta que ratificó a su persona y solo a partir de ello empezó a gestionar ante instancias correspondientes la habilitación de las cuentas y su descongelamiento; 3) Revisada la documentación sobre el congelamiento de cuentas, no hay nada que demuestre ese aspecto, es más el Banco do Brasil mencionó que no hay congelamiento de cuentas; 4) Se indicó que la acción popular estaría causando perjuicios, al efecto están demostrando con pruebas la inexistencia de una pugna, no encontrando agravios a los cuales se hace referencia; y, 5) Existe un fallo constitucional que nombró a su persona, como Presidente de la APG-IG, adquiriendo el mismo la calidad de cosa juzgada, al respecto la SCP 1351/2014 de 7 de julio, refirió la imposibilidad de corregir supuestas irregularidades en una acción tutelar con otra acción similar, por ello al no identificarse los derechos vulnerados, solicitó denegar la misma.