SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0376/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0376/2017-S1

Fecha: 25-Abr-2017

II.3.

II.3.  Mediante testimonio Notarial suscrito por el Notario de Fe Pública de 2da. Clase N° 1 Jose Luis Sandoval Gareca, se protocolizaron las actas de 31 de mayo de 2014 y 1 de junio del mismo año, de la Asamblea Regional de la Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu (APG-IG), en cuyas conclusiones salientes se determinó: 1) Dejar sin efector el Estatuto Orgánico elaborado por el Directorio de la APG-IG (se refiere al estatuto contenido en Testimonios 814/2014 y 176/2015); 2) Tramitar el congelamiento y paralización de la cuentas corrientes bancarias; 3) Revocar y anular todos los poderes notariales otorgados a cualquiera de los miembros del Directorio de la indicada Asamblea; 4) Cesar de sus funciones, en forma definitiva, a todos los miembros del Consejo de Sabios, asumiendo sus responsabilidades y funciones de manera transitoria, la Asamblea Regional; y, 5) No participar de ninguna reunión o asamblea convocada por el Directorio de la APG-IG; al efecto determinaron proceder al cambio del presidente y directorio del mismo, quedando conformada la nueva directiva, el 1 de junio del indicado año, de la siguiente manera: Hugo Arebayo Corimayo, Presidente; Eugenio Katuire, Vicepresidente, resolviendo además dejar cesante al anterior Directorio (fs. 137 a 148).