AUTO CONSTITUCIONAL 0157/2017-RCA
Fecha: 04-May-2017
Fragmento 1
En revisión la Resolución 99/2017 de 13 de marzo, cursante a fs. 95 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Susana Sánchez Severich, representada legalmente por Jaime Erick Herrera Sánchez, contra Juan Carlos Durán Flores ex y Marco Aurelio Arenas Alarcón, actual Presidente del Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas (FF.AA.); José Luis Begazo Ampuero y Carlos Erik Ruck Arzabe ex y actual Presidente, Carlos Antezana Ledezma, Juan Antonio Olivera Medrano, Jorge Julio Vera Ferrel, Luis Fernando Benavides Fuentes, Freddy Efraín Mendieta Claros, Freddy Aguilar Valverde, Luis Pastor Ríos Ramírez, Jaime Peñarrieta Sanabria ex, Roberto Fidel Ponce Espinoza, Carlos Ponce de León Mendieta, Freddy Clemente Jiménez Salazar, Víctor Hugo Canedo Maldonado, Claudio Humberto Palacios Gramajo y Mario Enrique Peinado Salas, actuales Vocales todos del Tribunal de Personal del Ejército.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- por no presentada
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. De los requisitos de admisión que deben contener las acciones de amparo
- debiendo ser enunciada de manera clara, concreta e indubitable,
- II.3. Deberes de los jueces o tribunales de garantía en la etapa de admisión de la acción de amparo
- la acción se tendrá por no presentada
- II.4. De la notificación al representante legal del accionante con el decreto de 24 de febrero de 2017 de observación a la acción de defensa
- II.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR