SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0374/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0374/2017-S3

Fecha: 02-May-2017

los errores o defectos de procedimiento que materialmente no lesionan derechos y garantías fundamentales no tienen relevancia constitucional y por lo mismo, no son susceptibles de corrección por la vía del amparo,

Sumado a ello, tampoco se evidencia que el pedido de nulidad procesal  cumpla con el requisito de relevancia constitucional, ya que no se muestra cómo la nulidad procesal que se solicita podría modificar el fallo de fondo expedido en la justicia ordinaria, incumpliendo así con la línea jurisprudencial establecida en la SC 1321/2005-R de 21 de octubre que cita a la SC 0995/2004-R de 29 de junio, que sostuvo que: “…los errores o defectos de procedimiento que materialmente no lesionan derechos y garantías fundamentales no tienen relevancia constitucional y por lo mismo, no son susceptibles de corrección por la vía del amparo, a menos que concurran necesariamente, los presupuestos jurídicos que se detallan a continuación: (…); y c) esas lesiones tengan relevancia constitucional, es decir, que esa infracción procedimental de lugar a que la decisión impugnada tenga diferente resultado al que se hubiera dado de no haberse incurrido en los errores o defectos denunciados” (las negrillas fueron añadidas). Entendimiento reiterado en las SSCC 0713/2010-R de 26 de julio y 1268/2010-R de 13 de septiembre, entre otras.