SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2017-S3

Fecha: 02-May-2017

d)

d) La Jueza codemandada no explicó cómo se podría afectar la verdad en testigos que ya declararon; es decir, como influir negativamente sobre “Gómez” y “Zamorano” -testigos-, para que se comporten de manera reticente, pese a que ya prestaron su declaración informativa y con relación a Ricardo Maldonado -testigos- la primera nombrada no dejó claro cómo podría influir en un tercero ajeno sobre el que no tiene relación o contacto alguno.

Referidos los argumento vertidos por la parte accionante a tiempo de plantear su recurso de apelación, corresponde exponer los fundamentos sostenidos por los Vocales demandados en el Auto de Vista 040/2017, por el cual decidieron declarar admisible e improcedente la apelación incidental interpuestas por el accionante contra la Resolución de la Jueza a quo, confirmando la misma, siendo estos los siguientes: