Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0390/2017-S1
Fecha: 04-May-2017
II.2
II.2. Por Sentencia 39/2014 de 11 de septiembre, el Juez de Partido Tercero Civil y Comercial (hoy Juez Público Civil y Comercial Tercero) del departamento de Oruro, en el proceso ordinario de nulidad de documento promovido por el accionante y otros, declaró probada la demanda y, consecuentemente nula y sin valor legal la minuta de venta de terrenos de 18 de febrero de 2003, como la cancelación del Protocolo de Escritura Pública 177 de 27 de marzo de igual año y de la Partida 90 del libro de propiedades rústicas de DDRR (fs. 226 a 233).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1
- II.2
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.3.
- Fragmento 14
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16