Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2017-S3
Fecha: 12-May-2017
b)
El ahora accionante denuncia que la Jueza codemandada, sin fundamento jurídico y desobedeciendo la suplencia legal no asistió a la audiencia de cesación de la detención preventiva, pese a tener conocimiento de tal actuado procesal, constituyendo una actitud indebida e ilegal, ya que tiene todos los elementos para demostrar y hacer viable la cesación, siéndole imposible acceder a las medidas sustitutivas, por la falta de instalación de dicha audiencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- Fragmento 14
- b)
- el día de hoy lunes 13 de Marzo del presente, tenemos programada una audiencia de Consideración de Cesación a la Detención Preventiva, misma que sigue el Ministerio Público, y Beatriz Barrientos Bustos de Vaca en contra de Erlan Clebert Ordoñez Hoyos, por el presunto delito de ‘Violación Agravada’
- Fragmento 17
- c)
- REVOCAR